El Tribunal del Jurado aprecia alevosía en la puñalada “repentina y sorpresiva” y fija indemnizaciones por valor de 248.916,98 euros para los familiares de la víctima
El Tribunal del Jurado de Zaragoza ha condenado a Sergio D.E. a 17 años y 6 meses de prisión como autor de un delito de asesinato por acuchillar mortalmente a un hombre en un bar de Boltaña. La sentencia, hecha pública este martes y presidida por el magistrado Santiago Gimeno Fernández, se dicta en concordancia con el veredicto de culpabilidad emitido por el jurado.
Además de la pena de prisión, el fallo impone al condenado la prohibición de residir o acudir a la localidad de Boltaña durante diez años, así como una medida de libertad vigilada por el mismo periodo una vez cumplida la condena. También se le prohíbe aproximarse a menos de mil metros de los padres y hermanos de la víctima.
En materia de responsabilidad civil, la sentencia obliga al condenado a indemnizar a los familiares del fallecido con un total de 248.916,98 euros. En concreto, deberá abonar 104.372,28 euros al padre, 100.552,84 euros a la madre y 21.995,93 euros a cada uno de los dos hermanos.
En los fundamentos jurídicos, el magistrado considera acreditada la circunstancia de alevosía, al declararse probado que “el acusado asestó una puñalada a Fernando S.C. de forma repentina y sorpresiva, impidiendo que tuviera posibilidad de defenderse”, teniendo en cuenta además el grado de impregnación alcohólica que presentaba la víctima en el momento de los hechos.
La resolución descarta la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Según recoge la sentencia, el jurado fue “contundente” al considerar probado por unanimidad que el acusado, pese a haber ingerido alcohol, no tenía mermadas sus capacidades ni afectadas sus facultades intelectivas o volitivas, “ni siquiera de forma ligera”.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de diez días.
