La decisión judicial concreta los plazos de ejecución de una disputa que se prolonga desde hace años y refuerza la obligación de restitución al Monasterio de Villanueva de Sijena, lugar de origen de las pinturas
La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Huesca ha dado un paso definitivo en el largo litigio por las pinturas murales del Monasterio de Sijena. En una providencia, la magistrada ha requerido al Museo Nacional de Arte de Cataluña que proceda a la devolución de las obras en un plazo máximo de 56 semanas, dando así cumplimiento a las resoluciones judiciales previas, avaladas por el Tribunal Supremo el pasado 27 de mayo de 2025.
La decisión judicial concreta los plazos de ejecución de una disputa que se prolonga desde hace años y refuerza la obligación de restitución al Monasterio de Villanueva de Sijena, lugar de origen de las pinturas. “No cabe desdibujar ni relativizar el objeto propio de la presente ejecución”, advierte la juez en su resolución, subrayando que el único fin es la devolución efectiva de los bienes.
Plazo reducido y control estricto del proceso
La magistrada ha fijado un calendario más exigente que el planteado por el museo catalán, que proponía un periodo de 64 semanas. Además, establece que el Museo Nacional de Arte de Cataluña deberá asumir íntegramente los costes derivados del desmontaje y traslado de las pinturas, un proceso que deberá ejecutarse “con la máxima prudencia, cautela y diligencia”, atendiendo a la singularidad de las obras.
La providencia también impone un control exhaustivo del cumplimiento: el museo deberá justificar de forma documentada cada fase del traslado. En caso de incumplimiento, incluso parcial, la parte ejecutante —el Gobierno de Aragón— podrá asumir la ejecución de los trabajos, aunque a costa del propio museo.
El auto judicial insiste, además, en que la viabilidad técnica del traslado ya quedó acreditada en sentencias anteriores, descartando así cualquier intento de reabrir el debate sobre las condiciones del retorno.
Sijena, preparado como espacio expositivo
Otro de los aspectos clave de la resolución es el reconocimiento de que la Sala Capitular del monasterio reúne actualmente las condiciones necesarias para albergar las pinturas. Según los informes aportados por el Gobierno de Aragón, el espacio puede considerarse plenamente apto como sala expositiva.
Esta afirmación refuerza la posición de la comunidad autónoma en un conflicto en el que, de forma reiterada, los tribunales han reconocido la titularidad aragonesa de las obras.
“Una excelente noticia” para Aragón
El director general de Cultura del Gobierno de Aragón, Pedro Olloqui, ha valorado la resolución como “una excelente noticia” y ha expresado la “satisfacción y alegría” del conjunto de los aragoneses.
Olloqui ha destacado que el plazo de 56 semanas representa “el mayor margen temporal posible” para facilitar el inicio inmediato de los trabajos sin dilaciones, al tiempo que ha subrayado que la providencia busca evitar nuevos retrasos. “No es momento de más enredos, sino del cumplimiento de la sentencia”, ha afirmado.
El responsable cultural ha insistido en que tanto la propiedad de las pinturas como la viabilidad de su traslado están “sobradamente acreditadas”, rechazando las dudas planteadas en los últimos meses desde distintos ámbitos.
Con esta resolución se abre ahora una nueva fase: la ejecución material del traslado. Una vez las obras regresen a Sijena, se iniciará un proceso de verificación de su estado y, en su caso, de intervención técnica antes de su instalación definitiva.
El fallo judicial supone, en definitiva, un nuevo hito en un conflicto patrimonial de gran carga histórica y simbólica, y refuerza el principio de ejecución efectiva de las sentencias en el marco del Estado de derecho.
