El arrendamiento se hará para dos anualidades prorrogables por una tercera y el precio al alza es el único criterio de adjudicación del contrato. Las ofertas pueden presentarse hasta el 9 de junio
La Diputación de Zaragoza ha publicado hoy lunes en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza (BOPZ) el nuevo pliego para el alquiler de la plaza de toros de La Misericordia. Tal y como adelantó el presidente, Juan Antonio Sánchez Quero, en rueda de prensa, tras la anulación del pliego anterior el nuevo es un contrato de arrendamiento en el que el precio ofertado por las empresas es el único criterio de adjudicación y no se regula ningún otro aspecto como la calidad de los festejos o los precios de los abonos y las entradas. Los interesados tienen 15 días naturales a partir de mañana martes, es decir, hasta el 9 de junio para presentar sus ofertas.
– El arrendamiento se hará para dos anualidades, 2026 y 2027, prorrogables por un año más hasta 2028. Para 2026 se prevé el alquiler de la plaza durante 61 días (1 septiembre-30 octubre) y para 2027, durante 214 días (1 de abril-31 de octubre). En caso de prórroga, en 2028 también será para 214 días.
– El precio al alza ofertado por los licitadores es el único criterio de adjudicación del contrato
– El precio mínimo para el arrendamiento se ha vuelto a establecer según se exige en la Ley de Patrimonio, que establece un mínimo del 6% del valor del bien. Como la plaza de toros de La Misericordia tiene un valor de venta de 14.802.898,88 euros, divido por 365 días del año, el precio de arrendamiento por días no podrá ser inferior a 2.466,67 euros/día (IVA excluido). Por tanto, para este año 2026 el importe mínimo a satisfacer a la DPZ será de 150.466,87 euros (IVA excluido) y en 2027 (y también en 2028, en caso de prórroga) ascenderá a 527.867,38 euros (IVA excluido). En todos los años se contempla la subida del IPC.
– No se regula de ningún modo las fechas, el número, el tipo, categoría o la calidad de los espectáculos que se pudieran realizar en la plaza.
– No se establece obligación alguna, ni siquiera como criterio de valoración, relacionada con el precio, abonos ni descuentos.
– No se establecen criterios de solvencia técnica que limiten la concurrencia de los posibles arrendatarios.
– No se determina, ni condiciona, la disposición de la plaza, más allá del respeto del aforo total máximo permitido de las 10.700 localidades.
– No se reserva para la Diputación de Zaragoza espacio alguno, ni entradas de festejos.
– El alquiler no se circunscribe a ningún ciclo taurino, temporada, feria o similar, sino que se establece para el periodo comprendido entre los meses de septiembre y octubre en el ejercicio 2026, y de abril a octubre ambos incluidos en las anualidades 2027 y 2028 en caso de prórroga, reservándose el resto del tiempo la Diputación de Zaragoza, principalmente para la realización de las actuaciones y obras de conservación y mantenimiento del inmueble.
– En el pliego se establecen únicamente condiciones de solvencia económica a fin de garantizar que quien resulte adjudicatario del contrato de arrendamiento patrimonial pueda hacer frente a los pagos exigidos por el mismo. En caso de que el arrendatario sea una empresa, empresario individual o autónomo, el volumen anual de negocios dentro de los tres últimos disponibles deberá ser de, al menos, 1.809.302,45 euros, IVA excluido (cifra acorde con lo dispuesto en el artículo 87.1 de la Ley de Contratos del Sector Público). En caso de que el arrendatario sea una persona física debe tener un patrimonio neto personal también no inferior a 1.809.302,45 euros, IVA excluido.
– Al igual que en todos los contratos de arrendamiento el adjudicatario estará obligado a constituir una fianza equivalente a la media de dos mensualidades de la renta, que será como mínimo de 86.772,72euros. Asimismo, se constituirá una garantía adicional, dado el valor del inmueble y la protección de interés monumental de la plaza de toros por la cantidad de 60.000,00 euros (de conformidad con el art. 36.5 de la Ley de Arrendamientos Urbanos).
