Le atemorizó para obligarle a mantener relaciones sexuales con él
La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha desestimado el recurso presentado por un joven de 22 años de edad condenado a 12 años de prisión por un delito de agresión sexual a menor de dieciséis años, con intimidación y acceso carnal (10 años de prisión), y como autor responsable de un delito contra la libertad sexual (2 años de prisión). Con su pronunciamiento este tribunal confirma la sentencia dictada por la sección primera de la Audiencia Provincial de Zaragoza y acepta, en su totalidad, los hechos que en ella se consideran probados.
Los hechos por los que se ha condenado a este joven ocurrieron en 2022 cuando contactó por teléfono, por WhatsApp y por “Tik Tok”, con un menor de 11 años al que le propuso tener un encuentro y al que atemorizó para obligarle a mantener relaciones sexuales con él.
Los magistrados han desestimado las razones alegadas en el recurso y expresan que los indicios incriminatorios apreciados son más que suficientes y no permiten sostener la presunción de inocencia como pretende el recurrente. Consideran probado que existió violencia e intimidación al menor y consideran probada la agresión.
Contra la sentencia, ahora dictada por la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón cabe recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que habrá de presentarse en el plazo de cinco días.