La Audiencia de Huesca condena a 8 años de cárcel para un joven por una agresión sexual con violencia ocurrida en Jaca

Foto: Palacio de Justicia de Huesca

La Audiencia de Huesca ha condena a un joven de 23 años de edad a la pena de ocho años de prisión por agresión sexual a una mujer. En su sentencia el tribunal le prohíbe comunicarse con la víctima (tanto por medios directos como indirectos) y aproximarse a ella a una distancia inferior a un kilómetro de distancia durante 13 años prohibiciones que se han de cumplir -especifica el fallo de la resolución, de manera simultánea.

Para cuando el joven condenado finalice su pena de prisión, los magistrados establecen una medida de libertad vigilada consistente en la prohibición de aproximación a menos de un kilómetro “de su domicilio, lugar de estudio o trabajo, o lugares por la misma frecuentados y la prohibición de comunicación con la misma por cualquier medio, por período de 7 años”.

Por lo que a la responsabilidad civil se refiere le condenan a indemnizar a la víctima con 20.000 euros y al pago de todas las costas del juicio, incluidas las de la acusación particular.

Según la sentencia a la que ha tenido acceso Diario de Zaragoza, los hechos ocurrieron a las tres de la mañana del  27 de junio de 2022, en el recinto ferial de Jaca (Huesca), con ocasión de la celebración de las fiestas patronales, donde el condenado mantuvo una
conversación con la víctima por un conflicto que habían tenido meses atrás relacionado con el inmueble propiedad de la víctima.

«Cuando la víctima decidió dejar el recinto ferial y marcharse hacia su domicilio, este individuo la siguió, diciéndole “hija de puta, por tu culpa he pasado tres días en el calabozo», “palomita”, “te quiero”. Mientras recorrían ese camino la agarró fuertemente del brazo y de la mano, tiró fuertemente de su cabello y la derribo al suelo, introduciendo sus genitales en su boca y obligándola a practicarle una felación», asegura la sentencia que prosigue relatando que «cuando la víctima pudo levantarse, continúo su camino hacia su domicilio,
mientras el agresor la seguía, agarrándola nuevamente del brazo y de la mano y derribándola al suelo en varias ocasiones».

La víctima llegó a su domicilio y el agresor entró con ella. Una vez en el interior de la vivienda, la víctima se cambió la camiseta, porque estaba mojada, y al girarse a ver dónde estaba el agresor,  éste se acercó a ella con brusquedad, le quitó el pantalón y la braga, de manera simultánea, y comenzó a morderle ambos pechos, el cuello y la cara, contra su voluntad, sin que la víctima consiguiera zafarse de él.

«Este individuo  la cogió del cabello con fuerza y la lanzó sobre el sofá, donde la intentó penetrar analmente.  A continuación, la penetró vaginalmente, sin que la víctima tuviera posibilidad de defenderse, mientras ella le pedía por favor que parase, y le decía que la estaba violando», asegura la sentencia.

«Al concluir, el agresor se dirigió al cuarto de baño, donde de idéntica manera a la anterior, volvió a penetrar anal y vaginalmente mientras ella estaba apoyada en el borde de la bañera. Cuando terminó, la víctima le dio un empujón, el agresor quedó sentado sobre la taza del váter, y la víctima  aprovechó para vestirse y abandonar su domicilio», finaliza el relato de la sentencia que prosigue diciendo que «como consecuencia de los hechos sufrió unas lesiones equimóticas, consistentes en moraduras y cardenales, que según informe médico forense precisó de una primera asistencia facultativa y ocasionó un perjuicio personal por pérdida de calidad de vida de 7 días de carácter básico».

«La víctima sufría un cuadro variado de sintomatología ansioso depresiva, que se vio agravado como consecuencia de los hechos denunciados, con aparición de un trastorno de estrés postraumático de intensidad elevada, ocasionando secuelas consistentes en agravación/desestabilización de trastorno mental previo, valorado en 10 puntos», indica la sentencia,.