Arranca la campaña de la declaración de la renta con novedades en Aragón

El periodo de declaración comienza hoy para las presentaciones por internet y en 48 horas se abonarán las primeras devoluciones

Hoy da comienzo la esperada campaña de la declaración de la renta en toda España, marcando este año un inicio más temprano de lo habitual y una duración extendida hasta el 1 de julio. Este período más amplio brinda a los contribuyentes más tiempo para cumplir con sus obligaciones fiscales y evitar las prisas de última hora.

Una de las novedades más destacadas este año en Aragón es el ajuste en la escala autonómica de gravamen, según señalan los expertos fiscales de TaxDown. A partir de ahora, las rentas inferiores a 13.072,5 euros estarán sujetas a un gravamen del 9,5%, en contraste con el porcentaje aplicado el año anterior para rentas por debajo de 12.450 euros.

Además, como parte de los esfuerzos por combatir la despoblación rural, se ha introducido una nueva deducción destinada a quienes residan en asentamientos rurales con riesgo extremo de despoblación dentro de la comunidad aragonesa. Esta medida permite una deducción de 600 euros para aquellos que vivan en estas zonas durante el año natural y los cuatro siguientes.

Por otro lado, se han modificado los requisitos para las deducciones por nacimiento o adopción de un tercer hijo, así como para gastos de guardería para menores de tres años y la adquisición de libros de texto y material escolar. Sin embargo, se mantienen otras deducciones importantes, como la ayuda para familias con hijos en localidades de menos de 10.000 habitantes o la deducción para personas mayores de 70 años con ingresos no exclusivamente provenientes de inversiones.

Calendario de la campaña

El plazo de presentación finalizará el 1 de julio para declaraciones tanto aingresar como a devolver, si bien el plazo en las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria concluirá el 26 de junio.

La atención telefónica para la confección y presentación de declaraciones (plan ‘Le Llamamos’) comenzará el 7 de mayo, con solicitud de cita a partir del 29 de abril, y la atención presencial en oficinas se iniciará el 3 de junio, con solicitud de cita a partir del 29 de mayo. El plan especial para mayores de 65 años en pequeños municipios arrancará con las mismas fechas del plan ‘Le Llamamos’. La atención personalizada, por teléfono y en oficinas, seguirá contando con el apoyo de CCAA y ayuntamientos.

Plan de asistencia a mayores en pequeños municipios

La Agencia Tributaria ha anunciado una nueva iniciativa para la campaña de la declaración de la renta dirigida a personas mayores de 65 años que residan en pequeños municipios sin servicios de atención fiscal. Este plan especial comenzará el 7 de mayo y permitirá a los mayores obtener asistencia mediante videoasistencia en colaboración con los ayuntamientos.

La selección de municipios se basa en criterios de población y disponibilidad de servicios fiscales. Esta medida busca mejorar la accesibilidad y atención personalizada a los contribuyentes mayores, en línea con un modelo de asistencia al ciudadano adaptable y sensible a las necesidades de este colectivo. Además, se ha actualizado la Sede electrónica con información específica para personas mayores, incluyendo folletos y manuales de ayuda sobre la declaración de la renta.

Plan ‘Le Llamamos’

El plan ‘Le Llamamos’ de confección de declaraciones por teléfono se mantendrá en esta campaña, con un calendario similar al de años anteriores debido a su efectividad. El año pasado, este sistema permitió la elaboración de 1.070.000 declaraciones y sigue siendo una vía principal de asistencia personalizada para los contribuyentes.

A través de este servicio, los contribuyentes pueden agilizar la presentación de su declaración y, por ende, cualquier eventual devolución. Para utilizar este servicio, los contribuyentes deben solicitar cita por internet o mediante los números de teléfono proporcionados, y estar preparados con la información y documentación necesaria cuando reciban la llamada de la Agencia Tributaria.

Quiénes no están obligados a declarar

Los contribuyentes con rentas exclusivamente del trabajo no están obligados a declarar si ganan hasta 22.000 euros al año. Sin embargo, este límite se reduce a 15.000 euros si los ingresos provienen de más de un pagador o si el pagador no retiene impuestos.

Además, están exentos de declarar aquellos con rendimientos adicionales hasta ciertos límites: 1.600 euros para dividendos, intereses y ganancias patrimoniales; y 1.000 euros para rentas inmobiliarias, letras del Tesoro y ganancias patrimoniales de ayudas públicas.

Quienes reciban el Ingreso Mínimo Vital o sean autónomos deben presentar la declaración según lo establecido por la normativa correspondiente.

Cómo presentar la declaración

Vías no presenciales (sin desplazamiento a oficinas), hasta el 1 de julio (26 de junio si se trata de pagos con domiciliación):

  • Todos los casos:
  • A devolver e ingresar (domiciliando el pago):
    • ‘App’ (móviles y tabletas)
    • Plan ‘Le Llamamos’ (solicitud desde el 29 de abril)

Vías presenciales: del 3 de junio –7 de mayo para el caso del plan de mayores de 65 en pequeños municipios– al 1 de julio (26 de junio si se domicilia el pago):

  • A devolver e ingresar (domiciliando el pago)
    • En las oficinas de la AEAT
    • En oficinas de CCAA y entes locales que colaboran
  • A ingresar (sin domiciliar)
    • En las oficinas de las entidades financieras colaboradoras